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El Chapulín Colorado Compra “Papas”!


Por Michael Zavaleta Alvarez, Director Ejecutivo del Centro de Estudios Privados ZavaRod Institute

www.zavarod.com

Esta semana el Gobierno peruano ha decidido utilizar los tributos para comprar “papa” y gestionar políticas para “impedir la bajada de precios” del tubérculo, lo cual atenta de manera directa el principio garantizado constitucionalmente en el Perú por la cláusula de “Ley Libre de Oferta y Demanda”, según el cual el Estado no puede fijar directa ni indirectamente los precios, por cuánto éstos se fijan libremente en el mercado.

A su vez, esta medida que busca subir precios claramente, afecta los derechos de los millones de consumidores peruanos y su derecho a comprar al precio real fijado en el libre mercado, lo cual también tiene asidero en la Constitución de 1993.

El Gobierno al iniciar políticas públicas para solucionar el problema de los productores de papa, está violando los derechos constitucionales de los consumidores, entre otros, el derecho del consumidor a no comprar precios fijados en “carteles”, siendo que el cartel en este caso sería fijado entre los productores de papa y los burócratas estatales.

Peor todavía si se parte de la realidad fáctica que está nueva política es producto de una extorsión de los productores, toda vez que se tomaron diversas carreteras, se violentaron libertades de movimiento de otros ciudadanos, turistas, murieron personas, se maltrataron a custodios policiales, etc; entonces, se puede advertir una clara claudicación al “principio de autoridad”, cláusula constitucional clave dentro de un Estado de Derecho Democrático Occidental.

Así pues, en suma, la aceptación de PPK de gestionar para que el precio suba y, a su vez, que se tome los fondos del Estado para comprar a los productores de papa su sobre-producción, implica una clara y abierta violación de la Constitución Política.

La pregunta de rigor que surge después de ver este caso, sería la siguiente, si un grupo de contadores, economistas, administradores u otros profesionales de las ciencias sociales sin trabajo y sin que nadie les compre sus servicios de consultoría contable, económica, administrativa, etc, podrían tomar con rifles la Av Javier Prado en Lima o la Av. America en Trujillo para exigir al Estado se obligue a los agentes privados a contratar con sus precios “fijados en cartel”? Y, a la par, mientras ocurre ello, el Estado puede comprar los servicios a los contadores, economistas y administradores si nadie los compra en el libre mercado?

La respuesta es más que obvia, simplemente no es constitucionalmente válido, ya que el problema vivido esta semana no resiste el menor análisis del principio de autoridad y de libertad de precios, garantes de un Estado de Derecho y de una Economía abierta, así como un Estado respetuoso de los principios y derechos de los consumidores.

Concluyendo, constitucionalmente #PPK, #MEF, #PCM, #Minagri, #Congreso y Estado en general no pueden comprar los “bienes, servicios e ideas” producidos por todos los 30 MM de peruanos cuando el precio esté bajo o no se vendan, sea que se llamen productores de papa, de frijol, de arroz, así como tampoco puede hacerlo con los contadores, economistas, administradores, etc que no tienen trabajo producto o que no tienen capacidad de vender sus servicios en el libre mercado; siendo que hace 20 años en el año 1998 en nuestra condición de Director Ejecutivo de la Revista Estudios Privados, publicamos cuatro trabajos donde se explicaba la lógica y función de respetar las Libertades Democráticas y Económicas en nuestro Perú para que se desarrolle.

Así puede leerse a Armando La Torre “La estructura oculta en la vida pública: valores, normas, principios”; Luiz Pazos y su trabajo sobre “Las gallinas, en peligro de extinción?”; Federico Salazar, “Fundamento jurídico en el pensamiento económico de Adam Smith”; y de James Buchanan “La estructura del progreso: el constitucionalismo nacional en una economía mundial tecnológicamente abierta”

La coincidencia en estos trabajos es que debe haber una necesaria tríada en la Gestión Pública para el Desarrollo: (i) Libertades Económicas; (ii) Libertades Políticas; (iii) Respeto y fiel cumplimiento del Estado de Derecho.

En conclusión, es clara la Inconstitucionalidad de gestión pública para subir precios y compras de “Papa”, el tema no acaba ahí, si el Chapulín Colorado (Gobierno) sale a defender a los productores de papa, entonces, quién podrá defender nuestro derecho a consumir con precios bajos?

Para mayor información: www.zavarod.com y/o escribir directamente al autor Michael.zavaleta@zavarod.com


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