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ZERO CORPORATES CREATED BY CLOSING NOTARIES IN PERÚ

CERO PERSONAS JURÍDICAS EMPRESARIALES CREADAS EN PERÚ POR CIERRE DE NOTARIAS PÚBLICAS


Michael Zavaleta Alvarez

Global Tax & Legal Partner ZavaRod Consulting. Juris Doctor, MBA e International Tax Master. Co-fundador de Centro Estudios Privados ZavaRod Institute y de Revista Estudios Privados ZavaRod. Profesor Internacional de Universidades de América y Europa.


I. ¿Cuántas corporaciones se han creado en países latinoamericanos o en Perú entre marzo y mayo?


Respuesta: cero (0), excepto en países excepcionales donde los presidentes no luchan contra los derechos constitucionales de crear empresas libres en el mercado libre. Por ejemplo, en Brazil, el Gobierno de Bolzonaro migró antes del COVID-19 a la posibilidad de crear nuevas personas jurídicas con registro digital, por vía online. En Perú si bien se habilitó en SUNAT website la posibilidad de que personas naturales con negocios unipersonales saquen su RUC en forma online, lo cierto es que estas son para las Micro y pequeñas empresas, las empresas medianas y grandes compañías abren negocios con Sociedades Anónimas, SCRL, SAC, SAA, entre otras formas societarias mercantiles privadas, lo cual no ha sido posible porque las notarias públicas estaban cerradas, siendo que los accionistas necesitaban ir a llevar el "voucher" de depósito bancario y


II. ¿Por qué este error contra la economía y la libertad de crear nuevas sociedades mercantiles privadas?


Debido a que los gobiernos cerraron esas opciones de libertad empresarial y creación societaria mercantil. Tremendo craso error haber parado notarías casi 3 meses, cuando las mismas son esenciales. No se ha podido crear desde que Covid 19 apareció ni una sola Persona Jurídica Empresarial (PJE), por cuanto para poder constituir Sociedad debe ser con firma presencial ante Notario, y notarías se cerraron a pesar que podían haberse declarado como complementarias y conexas a la actividad bancaria y financiera, que sí era desde marzo considerada como “esencial”, por lo que los Bancos, Financieras y Cajas supervisadas de la SBS nunca cerraron, conforme a la normativa peruana; e igualmente debió aplicarse para las Notarías Públicas.


Por otro lado, muchos acuerdos de Junta General de Accionistas que no pudieron elevarse a Escritura Pública en Marzo, porque apareció el COVID-19 y que no pudieron inscribirse en SUNARP, podrían retomarse o realizarse por el bienestar y la salud de las sociedades anónimas y demás PJE, así como para la creación de las Entidades sin fines de lucro, si es que el Ministerio de Justicia publica su esperada Resolución Ministerial (RM), conforme anuncia el Decreto Supremo que autoriza aperturar a las Notarias conforme a la Fase I.


Urge retornar libertad empresarial a agentes privados para que libremente puedan crear nuevas entidades legales corporativas, de lo contrario, es un suicidio económico como país y explicaría el tremendo desempleo en todos los países latinoamericanos, especialmente porque muchos peruanos y latinoamericanos son empresarios y formalmente auto-empleados.


Afortunadamente, en Perú ya estamos en Fase 1, en virtud a la cual los notarios abrirían, empero está condicionado a que MINJUS publique una resolución ministerial para que los notarios se adapten a su plan de salud y puedan reabrir, con esto esperamos que los empresarios creen nuevas empresas a corto plazo.


III. Reapertura Notarial no debe ser con "Ticket de Espera" o habrá que esperar decenas de días para atención.


Esperemos que dicha Resolución Ministerial próxima a publicarse en El Peruano no establezca que ciudadanos y agentes privados deban sacar citas online y/o telefónicas y que aforo máximo tenga tope diario, porque de lo contrario, se corre riesgo que empresarios, emprendedores y abogados con mandatos recién podrían acudir 50 ó 60 días después de abierta la Notaría, después de cumplimentar todas las reglas para el Sicovid, etc.


Finalmente, otra opción es generalizar la “Firma Digital” de los ciudadanos y representantes legales conjuntamente con Notarías, SUNARP y Banca, con el fin que nadie deba ir físicamente ni a Notaría Pública a firmar nada porque bastaría con su firma digital, así como tampoco a SUNARP ni a Banca a hacer el depósito bancario.


IV. Recomendación Final.


Para asesoría de adecuación y cumplimentación de Protocolos y/o para que usted pueda empezar a operar con vuestra "firma digital" para todas las actividades económicas de Fase I a IV ante el COVID-19 puede ponerse en contacto con nosotros a michael.zavaleta@zavarod.com


La Molina, 16 de Mayo de 2020


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